Tribunal Administrativo de Caldas avala la transmisión televisiva de consejos de ministros

El Tribunal Administrativo de Caldas determinó que los consejos de ministros sí pueden ser televisados, luego de declarar improcedente una acción de cumplimiento que buscaba prohibir estas transmisiones bajo el argumento de que violaban la confidencialidad establecida en la Ley 63 de 1923.

La decisión fue confirmada en la cuenta de X del ministro del Interior, Armando Benedetti, quien publicó la sentencia donde se concluye que, aunque los consejos de ministros son de carácter reservado, en este caso no se evidenció que las transmisiones realizadas, en especial la del pasado 4 de febrero, tuvieran una finalidad deliberativa o confidencial.

El fallo señala que la transmisión tuvo como propósito informar a la ciudadanía sobre las acciones del Gobierno y la discusión de temas relevantes para el país. En ese sentido, el Tribunal aclaró que el evento televisado no tuvo un carácter reservado, sino comunicativo, ya que el presidente Gustavo Petro buscaba hacer públicas las medidas adoptadas por su administración.

La acción de cumplimiento había sido interpuesta por el abogado Armando Ramírez, quien argumentó que las transmisiones iban en contra de la norma. Sin embargo, con este fallo, el Gobierno tiene vía libre para seguir difundiendo este tipo de encuentros, siempre que su propósito sea informar a la opinión pública y no realizar deliberaciones confidenciales.

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