Reforma pensional 2024: ¿Se puede trasladar de un fondo privado a Colpensiones después de cumplir la edad de pensión?

La reciente promulgación de la Ley 2381 de 2024, que contiene la reforma pensional aprobada el 16 de julio, ha generado múltiples inquietudes entre los cotizantes del sistema pensional colombiano, particularmente en lo que respecta al traslado de fondos privados a Colpensiones. Una de las preguntas más frecuentes es si las personas que ya han alcanzado la edad de pensión pueden efectuar este cambio.

¿Es posible el traslado?

En principio, la reforma pensional establece la “ventana de traslado”, que permite a las personas que estén a menos de 10 años de la edad de pensión (57 años para mujeres y 62 para hombres) cambiarse de un fondo privado a Colpensiones. Sin embargo, aquellos que ya han alcanzado la edad de jubilación enfrentan restricciones más complejas. La normativa vigente señala que, si ya se ha cumplido la edad para pensionarse, el traslado no se puede realizar directamente a través del sistema ordinario. En estos casos, la única vía disponible es acudir a un proceso judicial para solicitar el cambio, lo que añade incertidumbre y potenciales demoras.

El presidente de Asofondos, Andrés Velasco, advirtió que esta situación podría afectar a cerca de 400.000 personas que desean trasladarse, y que muchas de ellas ya han recurrido a la doble asesoría sin lograr una solución clara. Además, la Superintendencia Financiera ha expresado su preocupación por las consecuencias de no abordar adecuadamente esta laguna en la reglamentación, que podría generar una avalancha de demandas judiciales en el futuro cercano.

¿Cuándo entra en vigencia?

La reforma pensional, que introduce cambios significativos como la creación de un sistema de pilares y la administración de recursos por el Banco de la República, entrará en vigencia en julio de 2025. Esto da un margen de tiempo para que las autoridades ajusten los procedimientos y resuelvan los vacíos legales relacionados con los traslados entre fondos.

En conclusión, aunque la reforma abre puertas para quienes están a menos de 10 años de la jubilación, las personas que ya han alcanzado la edad de pensión deberán enfrentar un proceso más complicado para cambiarse a Colpensiones, recurriendo a la vía judicial.


Comments

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *