Cuando un trabajador enfrenta una incapacidad laboral en Colombia, surgen dudas sobre quién asume el pago de su salario y cómo se calcula. La legislación laboral del país establece directrices claras sobre los tipos de incapacidad, sus responsables de pago y los tiempos de respuesta tanto para el trabajador como para el empleador. A continuación, detallamos la normativa vigente para entender mejor este proceso.
Tipos de incapacidades laborales: Diferentes casos, diferentes responsables
En Colombia, existen varios tipos de incapacidades laborales que determinan el curso de acción y la entidad responsable del pago. Estos son los principales tipos:
1. Incapacidad por medicina general o especializada: Definida por criterio médico, esta incapacidad temporal es asumida por la EPS o el empleador según corresponda.
2. Incapacidad por accidente de trabajo: En el caso de accidentes laborales, la administradora de riesgos laborales (ARL) o el empleador asume el pago.
3. Incapacidad temporal: Puede tener origen común o laboral y está dirigida a cubrir períodos en los que el trabajador requiere asistencia médica sin que su incapacidad sea permanente.
4. Incapacidad permanente: Ocurre cuando el trabajador ha perdido más del 50% de su capacidad laboral, lo que lo faculta para solicitar una pensión de invalidez.
Adicionalmente, existen licencias remuneradas como la licencia de maternidad, paternidad y en casos de aborto o parto prematuro no viable, según el Ministerio de Salud.
¿Quién asume el pago de las incapacidades laborales?
La Ley 0019 de 2012 regula el pago de incapacidades en Colombia y establece que es el empleador quien debe radicar las incapacidades ante la EPS. El trabajador no necesita realizar ningún trámite adicional para recibir el pago correspondiente. Según el tipo y duración de la incapacidad, el responsable del pago será el empleador, la EPS o el fondo de pensiones, de la siguiente forma:
• De 0 a 2 días: El empleador asume el pago.
• De 3 a 180 días: La EPS es responsable de cubrir el pago.
• De 181 a 540 días: El fondo de pensiones toma el relevo en el pago de la incapacidad.
• A partir de los 541 días: La EPS retoma el pago, siempre que exista un concepto favorable de rehabilitación del médico tratante.
¿Cuánto recibe el trabajador durante una incapacidad?
El monto que recibe el trabajador varía según la duración de la incapacidad:
• De 1 a 90 días: Se paga el 66.66% del salario mensual del trabajador.
• De 91 a 540 días: El porcentaje disminuye al 50% del salario mensual.
Un sistema que apoya al trabajador
El sistema de incapacidades en Colombia está diseñado para proporcionar estabilidad financiera a los trabajadores que enfrentan problemas de salud, independientemente de su causa. Estas disposiciones permiten a los trabajadores y sus familias contar con un respaldo económico que les permite recuperarse sin comprometer su bienestar financiero.
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