Gobierno podrá gestionar créditos internacionales sin concepto de la Comisión del Congreso, según nuevo decreto

El Ministerio de Hacienda emitió un decreto que permite al Gobierno avanzar en la gestión de créditos internacionales, incluso si la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público no emite un concepto, acabando con el “peaje” que generaba la falta de quorum en el Congreso.

El Ministerio de Hacienda de Colombia, en un decreto emitido en diciembre de 2024, modificó las condiciones para convocar a la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, que hasta ahora era clave para emitir conceptos sobre los créditos internacionales del Gobierno. Con esta nueva medida, el Ejecutivo podrá continuar con la gestión de operaciones de crédito internacional, incluso si la Comisión no se pronuncia, dado que el concepto de la misma no es vinculante.

El cambio de normativa responde a la problemática que surgió cuando, en varias ocasiones, la Comisión no logró emitir conceptos por falta de quorum. Además, la modificación busca evitar que las operaciones de crédito público se vean afectadas por los escándalos de corrupción que involucraron a algunos congresistas de esta célula legislativa, quienes fueron investigados por recibir dádivas a cambio de apoyar conceptos sobre créditos internacionales.

Según el nuevo decreto (Decreto 1552), si después de 30 días de la segunda convocatoria la Comisión no se pronuncia, el Gobierno podrá seguir adelante con los trámites para autorizar y celebrar los contratos de crédito internacional, siempre y cuando no se presenten situaciones excepcionales como la falta de recursos internos en moneda colombiana. Esta medida fortalece las facultades del Ejecutivo para gestionar recursos sin depender de la aprobación del Congreso.


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