Diciembre es un mes esperado por los trabajadores colombianos, no solo por las festividades, sino también por la llegada de la prima de servicios, conocida como “prima navideña”. Este ingreso adicional es fundamental para afrontar los gastos propios de la temporada.
¿Qué es la Prima de Servicios?
La prima de servicios es una prestación social obligatoria que los empleadores deben pagar a sus trabajadores como reconocimiento al valor que aportan a la empresa. Según el Código Sustantivo del Trabajo, este beneficio equivale a un mes de salario por cada año laborado, dividido en dos pagos semestrales:
• Primera mitad del año: Pago antes del 30 de junio.
• Segunda mitad del año: Pago antes del 20 de diciembre.
Este derecho es irrenunciable y está garantizado por la ley, asegurando su cumplimiento tanto durante la relación laboral como al finalizar un contrato. 
¿Quiénes reciben doble prima en Diciembre?
Además de la prima legal obligatoria, algunos trabajadores pueden recibir una prima extralegal, un beneficio adicional otorgado por ciertas empresas privadas. Este pago no es obligatorio por ley y depende de acuerdos específicos entre empleadores y empleados. 
Características de la Prima Extralegal:
• Voluntariedad: Depende de acuerdos entre empleadores y trabajadores.
• Aplicación limitada: No aplica para empleados del sector público, ya que sus beneficios están estrictamente regulados por la ley.
• Pactos colectivos: En empresas privadas, suele ser resultado de negociaciones colectivas que incluyen incentivos adicionales como bonificaciones.
Según el abogado laboral Andrés Pérez Forero, la prima extralegal es un acuerdo entre empleadores y trabajadores no sindicalizados que regula condiciones laborales adicionales. El Ministerio de Justicia explica que estos pactos son herramientas para formalizar beneficios fuera del marco legal obligatorio. 
¿Quiénes tienen derecho a la prima de Diciembre en Colombia?
La prima de servicios cubre a diversos tipos de trabajadores en el país. Los beneficiarios incluyen:
- Empleados públicos y privados.
- Trabajadores en licencia de maternidad o incapacidad.
- Personas que trabajaron solo una parte del año.
- Trabajadores domésticos, choferes domésticos, empleados por días y trabajadores de finca.
Es importante destacar que los trabajadores vinculados mediante contrato de prestación de servicios no tienen derecho al pago de la prima de servicios. 
¿Cómo se calcula la prima de Diciembre?
El cálculo de la prima se basa en el salario base y los días trabajados durante el semestre correspondiente. La fórmula establecida es:
Prima = (Salario Base × Días Trabajados) / 360
Por ejemplo, si un trabajador tiene un salario mensual de $1.200.000 y laboró los 180 días del semestre, la prima sería:
(1.200.000 × 180) / 360 = $600.000
Es esencial que tanto empleadores como empleados estén informados sobre estos derechos y obligaciones para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral vigente.
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