Corte Constitucional de Colombia prohíbe el matrimonio infantil: la edad mínima para casarse será 18 años

La Corte Constitucional de Colombia dictó una histórica sentencia que establece que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, al considerar que el matrimonio infantil es contrario a la Constitución y los derechos humanos.

Este 6 de febrero, la Corte Constitucional de Colombia declaró inexequibles los artículos 117 y 124 del Código Civil, que permitían el matrimonio de menores con el consentimiento de sus padres. La decisión establece que las uniones matrimoniales o de hecho con personas menores de 18 años son inconstitucionales y violan derechos fundamentales, incluidos los de igualdad y libertad.

El tribunal también resaltó que el matrimonio infantil perpetúa estereotipos de género y constituye una práctica nociva para niñas y adolescentes. Como parte del fallo, la Corte ordenó a las autoridades diseñar políticas para erradicar esta práctica, incluyendo alternativas pedagógicas para fortalecer el juicio autónomo de las jóvenes y fomentar su participación en la sociedad.

Además, la Corte instó a la Defensoría del Pueblo a realizar un diagnóstico sobre las regiones con mayor incidencia de matrimonio infantil y a llevar a cabo campañas educativas en comunidades vulnerables para promover los derechos de las niñas y adolescentes.


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