La ley antirruido ya es oficial y trae consigo sanciones severas para quienes modifiquen sus motos. Le explicamos lo que cambiará y cómo evitar una multa.
Los motociclistas en Colombia deberán prepararse para un cambio importante: desde septiembre de 2025, las autoridades de tránsito comenzarán a imponer multas e inmovilizar motos que excedan los niveles de ruido permitidos. La nueva ley antirruido, firmada en marzo por el presidente Gustavo Petro, busca combatir la contaminación auditiva generada, en gran parte, por vehículos modificados.
Actualmente, el límite máximo de ruido para motos es de 86 decibeles, pero muchas unidades alteradas —especialmente aquellas con exostos modificados— superan este umbral, generando miles de quejas ciudadanas. Por eso, luego de una fase pedagógica de seis meses que finaliza en septiembre, se activarán controles más estrictos. Las sanciones incluyen multas de hasta $1.208.000 y la inmovilización del vehículo.
Dos tipos de infracción aplicarán principalmente: la C28, con una multa de $604.000 por circular con silenciador en mal estado o removido, y la D17, con una sanción más severa de $1.208.000 para quienes incumplan los límites de emisión sonora. Las autoridades podrán detener motos en operativos, medir su nivel de ruido y retenerlas si superan los niveles permitidos.
El aumento de motocicletas en las ciudades —más de 84.000 nuevas matrículas solo en marzo de 2025— hace que esta ley se perciba como urgente. Sus promotores, como el congresista Daniel Carvalho, aseguran que la contaminación auditiva ya no es un problema menor, sino una amenaza para la salud pública y el bienestar ciudadano.
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